Secretaría General
La Secretaría General asiste al Rector en las funciones de orden académico y administrativo de la Institución, actúa como secretario de la Junta de Fundadores, del Consejo Directivo y del Consejo Académico y adicionalmente, dirige y organiza el registro y control académico de los estudiantes.
Dependencias:
Gobierno Corporativo y Control Interno:
Crear, mantener y fortalecer el Gobierno Corporativo a través de la adaptación de los lineamientos necesarios para la dirección de la Fundación, la creación de órganos y comités institucionales para garantizar la adecuada toma de decisiones y sus atribuciones, y finalmente la identificación de los parámetros para su correcto desempeño a través del fortalecimiento de la cultura ética de la comunidad educativa.
Asuntos Jurídicos:
Protege los bienes jurídicos de la Fundación en el desarrollo de las actividades correspondientes a su objeto social y en el relacionamiento con terceros interesados, dando cumplimiento a los requisitos legales y reglamentarios en el marco de la estrategia institucional.
Consejo Superior
El Consejo Superior será la máxima autoridad de Gobierno en la Fundación y su organismo rector, integrado por los miembros que designe la Caja de Compensación Familiar Compensar. El Consejo Superior realizará dos (2) clases de sesiones: ordinarias y extraordinarias. Las reuniones ordinarias se realizarán una vez al año, antes del 31 de marzo de cada año, por derecho propio, de forma presencial o virtual. Las reuniones extraordinarias se realizarán cada vez que las circunstancias lo demanden, en la fecha, lugar y hora señalados en la convocatoria, y en la forma y con las condiciones previstas en los presentes estatutos.
El art. 32 de los Estatutos y el Código de Buen Gobierno de la Fundación definen las funciones de la Junta de Fundadores.
Consejo Directivo
Es el máximo órgano de dirección de la Fundación. Su actividad se enfoca principalmente en la toma de decisiones respecto a los objetivos y lineamientos estratégicos de la Institución y en hacer seguimiento a las decisiones que se tomen para su consecución, en la búsqueda permanente del mejor interés para la Fundación.
El art. 37 de los Estatutos y el Código de Buen Gobierno de la Fundación definen las funciones del Consejo Directivo.
Consejo Académico
Es el órgano que orienta y propone las políticas académicas que permiten el desarrollo de las labores formativas, académicas, de investigación, creación y de extensión, de acuerdo con la estrategia y los lineamientos dados por el Consejo Superior y el Consejo Directivo.
El art. 42 de los Estatutos y el Código de Buen Gobierno de la Fundación definen las funciones del Consejo Académico.
CONSEJO DIRECTIVO
CONSEJO ACADÉMICO
Sofia Caro Granados
Técnica Profesional en Producción de Piezas Multimedia
scarog@ucompensar.edu.co
María Angélica Sandoval Galvis
Finanzas y Negocios Internacionales
masandovalg@ucompensar.edu.co
CONSEJO DE FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y DE LA EDUCACIÓN
Juliana Valentina Castellanos Puerto
Estudiante
Licenciatura en Educación Infantil
Jan Paul Castellanos Brieva
Docente
Licenciatura en Inglés y Bilingüismo
Elízabeth Rojas Bustamante
Egresado
Licenciatura en Inglés y Bilingüismo
CONSEJO DE FACULTAD ESCUELA DE NEGOCIOS
Lizeth Mayerly Martinez Gutierrez
Egresado
Técnica Profesional en Procesos Empresariales
CONSEJO DE FACULTAD DE INGENIERÍA
Dayanna Camargo Baquero
Estudiante
Tecnología en Desarrollo de Aplicaciones Web y Móviles
Conforme con lo establecido por el Consejo Directivo de la Fundación en la Resolución N°245 del 14 de agosto de 2018, son deberes de los representantes:
- Representar y ser vocero de sus representados en el órgano de gobierno para el cual fue elegido.
- Promover el bienestar institucional, la misión, la visión y los principios de la Fundación.
- Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias del órgano de gobierno para el cual fue elegido cuando se le cite.
- Presentar al órgano de gobierno para el cual fue elegido, propuestas que contribuyan al desarrollo y bienestar de la comunidad educativa de la Fundación.
- Informar semestralmente al órgano de gobierno para el cual fue elegido, el logro y avance en su labor de participación y representación.
- Informar a sus representados sobre su gestión. g. Generar canales de comunicación con sus representados de tal manera que reciba de ellos las solicitudes que requieran se trámite en el respectivo órgano de gobierno y a su vez les comunique las decisiones adoptadas por este.
- Las demás que le asigne el órgano de gobierno para el cual fue elegido.
Elección de representantes a los órganos de gobierno.
La Secretaria General define y reglamenta el proceso de elección y participación de representantes de estudiantes, profesores y egresados de la Fundación Universitaria Compensar ante los órganos de gobierno Institucional.
Procedimiento de elección de representantes a los órganos de gobierno institucional
- Consulta la normatividad institucional en: https://ucompensar.edu.co/documentos-de-interes/
- Nuevo ingreso (Art. 7 del RE).
- Reingreso, porque aplazaste o no renovaste matrícula (Art. 8 del RE y Capítulo III de PTD).
- Transferencia externa, estudiaste en otra Institución y la Fundación reconoció ese esfuerzo, a través de un estudio de homologación (Art. 9 del RE y Capítulo II de PTD).
- Transferencia interna, solicitaste a la Fundación cursar un programa distinto al que inicialmente inscribiste (Art. 9 del RE y Capítulo III de PTD).
En el evento en que te aprueben el cambio a un programa con una matrícula de mayor valor, deberás pagar la diferencia. Si es uno de menor valor, deberás tramitar el correspondiente saldo a favor. (Parágrafo, art. 5 de PAF).
Podrás aplazar semestre con devolución o saldo a favor del 100% de tu matrícula en los siguientes casos (Art. 11 PAF):
1. Antes de iniciadas las clases.
2. Hasta el cierre del 2do reporte evaluativo del semestre en curso, por:
2.1. Causas imputables a la Institución, debidamente justificadas y comprobadas, que impidan el inicio del periodo académico en las fechas establecidas en el calendario académico. El Consejo de Facultad autorizará el aplazamiento, previo acompañamiento académico y estudio de la documentación y/o de las razones aducidas por el estudiante.
2.2. Razones laborales, de seguridad personal, enfermedad grave o por circunstancias de fuerza mayor, debidamente justificadas y comprobadas, que impidan al estudiante continuar con sus estudios. El Comité de permanencia autorizará el aplazamiento, previo acompañamiento y estudio de la documentación y/o de las razones aducidas por el estudiante.
Nota. En el caso de los estudiantes de programas virtuales que ingresan al periodo académico en el momento 2 del pregrado virtual de acuerdo con lo previsto en el Calendario Académico, podrán aplazar hasta la 2da semana de clases, en los casos antes indicados.
Trámite. Radica tu solicitud en CRM y recuerda justificar la solicitud e incluir las evidencias.
Podrás solicitar la cancelación del período académico hasta el cierre del 2do reporte evaluativo del semestre en curso. El Consejo de Facultad autorizará la cancelación, previo acompañamiento al estudiante. (Art. 12 PAF)
Nota. Esta cancelación no genera devolución ni saldo a favor por ningún concepto, sólo tendrá efectos académicos porque se eliminan las asignaturas inscritas en la matrícula del período académico en el cual se solicitó.
Trámite. Radica tu solicitud en CRM y recuerda justificar la solicitud e incluir las evidencias.
- Cambiar el hipervínculo en todas las preguntas de frecuentes de las siglas RE y PAF por las siguientes:PAF
- Si eres estudiante de modalidad presencial podrás solicitar el retiro de máximo dos asignaturas hasta la octava semana de clases.
- Si eres estudiante de modalidad virtual podrás realizar el retiro de máximo dos asignaturas o el retiro de 1 asignatura en cada momento, hasta la cuarta semana de clases del primer o del segundo momento.
Nota. En caso de que las asignaturas a retirar sean las únicas matriculadas en el periodo, debes seguir el trámite establecido en el artículo 11 y 12 del PAF.
Trámite: Revisa aquí las fechas de retiro de asignaturas en el Calendario Académico y radica tu solicitud en CRM.
Recuerda que el retiro de asignatura no genera saldo a favor ni devolución alguna.
- Certificado de defunción del estudiante.
- Certificados que acrediten la calidad de beneficiario del estudiante.
- Declaración extrajuicio el testimonio de al menos dos (2) testigos que acrediten: Quiénes son los únicos beneficiarios del estudiante fallecido, declarándolos por su número, nombres precisos y la razón de serlo.
- Documentos indicados en el parágrafo 1 del artículo 11 del PAF.
Trámite: Radica tu solicitud en CRM y recuerda incluir las evidencias. La Secretaria General y la Dirección Financiera estudiarán el caso y aprobarán la devolución.
En segunda instancia y dentro de las fechas establecidas en el calendario académico, podrás solicitar un segundo evaluador, el cual será designado por el Director de tu Programa.
Trámite: Radica tu solicitud en CRM.
Conducto regular para la atención de asuntos académicos:
- Docente.
- Director y Coordinador del Programa Académico.
- Decano de Facultad.
- Director Académico.
Podrás acudir a la siguiente instancia del conducto, siempre que en tu solicitud escrita demuestres la actuación adelantada en la instancia anterior.
Para asuntos administrativos y de bienestar, podrás formular tus peticiones a través de SACC.
Primer corte 20%, Segundo corte 35% y Tercer corte 45%.
Una asignatura se considera aprobada cuando la calificación definitiva es de 3.0 o más.
Consulta lo requisitos de grado en el Art. 45 del RE
Recuerda que para ingresar a un ciclo superior en la formación organizada por Ciclos Propedéuticos debes tener el título correspondiente al ciclo anterior.
- El Director del Programa académico en primera instancia sobre las sanciones a las faltas leves y graves.
- El Decano de la Facultad en segunda y última instancia sobre las sanciones a faltas leves y graves. En primera instancia sobre las sanciones a faltas gravísimas.
- El Consejo de Facultad en segunda y última instancia sobre las sanciones a faltas gravísimas.
Recuerda revisar aquí las faltas disciplinarias y sus sanciones (Art. 57 y 60 del RE).