Secretaría General

La Secretaría General asiste al Rector en las funciones de orden académico y administrativo de la Institución, actúa como secretario de la Junta de Fundadores, del Consejo Directivo y del Consejo Académico y adicionalmente, dirige y organiza el registro y control académico de los estudiantes.

Dependencias:

Gobierno Corporativo y Control Interno:

Crear, mantener y fortalecer el Gobierno Corporativo a través de la adaptación de los lineamientos necesarios para la dirección de la Fundación, la creación de órganos y comités institucionales para garantizar la adecuada toma de decisiones y sus atribuciones, y finalmente la identificación de los parámetros para su correcto desempeño a través del fortalecimiento de la cultura ética de la comunidad educativa.

Asuntos Jurídicos:

Protege los bienes jurídicos de la Fundación en el desarrollo de las actividades correspondientes a su objeto social y en el relacionamiento con terceros interesados, dando cumplimiento a los requisitos legales y reglamentarios en el marco de la estrategia institucional.

Consejo Superior

El Consejo Superior será la máxima autoridad de Gobierno en la Fundación y su organismo rector, integrado por los miembros que designe la Caja de Compensación Familiar Compensar. El Consejo Superior realizará dos (2) clases de sesiones: ordinarias y extraordinarias. Las reuniones ordinarias se realizarán una vez al año, antes del 31 de marzo de cada año, por derecho propio, de forma presencial o virtual. Las reuniones extraordinarias se realizarán cada vez que las circunstancias lo demanden, en la fecha, lugar y hora señalados en la convocatoria, y en la forma y con las condiciones previstas en los presentes estatutos.

El art. 32 de los Estatutos y el Código de Buen Gobierno de la Fundación definen las funciones de la Junta de Fundadores.

Consejo Directivo

Es el máximo órgano de dirección de la Fundación. Su actividad se enfoca principalmente en la toma de decisiones respecto a los objetivos y lineamientos estratégicos de la Institución y en hacer seguimiento a las decisiones que se tomen para su consecución, en la búsqueda permanente del mejor interés para la Fundación.

El art. 37 de los Estatutos y el Código de Buen Gobierno de la Fundación definen las funciones del Consejo Directivo.

 

Consejo Académico

Es el órgano que orienta y propone las políticas académicas que permiten el desarrollo de las labores formativas, académicas, de investigación, creación y de extensión, de acuerdo con la estrategia y los lineamientos dados por el Consejo Superior y el Consejo Directivo.

El art. 42 de los Estatutos y el Código de Buen Gobierno de la Fundación definen las funciones del Consejo Académico.

CONSEJO DIRECTIVO

ESTUDIANTES

Jose Guerrero Delgado

José Guerrero Delgado

Administración En Salud

jguerrerod@ucompensar.edu.co

DOCENTES

ana milena

Ana Milena Millán Herrera

Administración en Salud
ammillanh@ucompensar.edu.co

CONSEJO ACADÉMICO

Sofia-Caro-Granados

Sofia Caro Granados
Técnica Profesional en Producción de Piezas Multimedia
scarog@ucompensar.edu.co

maria-angelica

María Angélica Sandoval Galvis
Finanzas y Negocios Internacionales
masandovalg@ucompensar.edu.co

CONSEJO DE FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y DE LA EDUCACIÓN

Juliana Valentina Castellanos Puerto

Juliana Valentina Castellanos Puerto

Estudiante

Licenciatura en Educación Infantil

jvcastellanos@ucompensar.edu.co

Jan Paul Castellanos Brieva

Jan Paul Castellanos Brieva

Docente

Licenciatura en Inglés y Bilingüismo

jpcastellanosb@ucompensar.edu.co

Elízabeth Rojas Bustamante

Elízabeth Rojas Bustamante

Egresado

Licenciatura en Inglés y Bilingüismo

elizabethrojas@ucompensar.edu.co

CONSEJO DE FACULTAD ESCUELA DE NEGOCIOS

Paula Andrea Cruz Sánchez

Paula Andrea Cruz Sánchez

Estudiante

Profesional en Mercadeo y Publicidad

pacruz@ucompensar.edu.co

Blanca Liliana

Blanca Liliana Medina Bitata

Docente

Administración de Empresas

lmedinab@ucompensar.edu.co

Lizeth Mayerly Martinez Gutierrez

Lizeth Mayerly Martinez Gutierrez

Egresado

Técnica Profesional en Procesos Empresariales

lizethmmartinez@ucompensar.edu.co

CONSEJO DE FACULTAD DE INGENIERÍA

dayanna

Dayanna Camargo Baquero

Estudiante

Tecnología en Desarrollo de Aplicaciones Web y Móviles

docamargo@ucompensar.edu.co

Secretaria general - Pablo Emilio

Pablo Emilio Ospina Rodriguez

Docente

Ingeniería de Telecomunicaciones

peospinar@ucompensar.edu.co

Secretaria general

Seneida Velasquez Castaño

Egresado

Especialización en Big Data

seneidavelasquez@ucompensar.edu.co

Conforme con lo establecido por el Consejo Directivo de la Fundación en la Resolución N°245 del 14 de agosto de 2018, son deberes de los representantes:

  1. Representar y ser vocero de sus representados en el órgano de gobierno para el cual fue elegido.
  2. Promover el bienestar institucional, la misión, la visión y los principios de la Fundación.
  3. Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias del órgano de gobierno para el cual fue elegido cuando se le cite.
  4. Presentar al órgano de gobierno para el cual fue elegido, propuestas que contribuyan al desarrollo y bienestar de la comunidad educativa de la Fundación.
  5. Informar semestralmente al órgano de gobierno para el cual fue elegido, el logro y avance en su labor de participación y representación.
  6. Informar a sus representados sobre su gestión. g. Generar canales de comunicación con sus representados de tal manera que reciba de ellos las solicitudes que requieran se trámite en el respectivo órgano de gobierno y a su vez les comunique las decisiones adoptadas por este.
  7. Las demás que le asigne el órgano de gobierno para el cual fue elegido.

 

Elección de representantes a los órganos de gobierno.

 

La Secretaria General define y reglamenta el proceso de elección y participación de representantes de estudiantes, profesores y egresados de la Fundación Universitaria Compensar ante los órganos de gobierno Institucional.

Procedimiento de elección de representantes a los órganos de gobierno institucional

1. ¿Dónde consultó la normatividad institucional?

2. ¿Qué es lo primero que debes conocer del Reglamento Estudiantil?
Conoce aquí el Título VIII de los derechos, deberes y prohibiciones de los estudiantes.
3. ¿Cuándo adquieres la calidad de estudiante?
Cuando formalizas tu matrícula con el pago de los créditos inscritos (Art. 11 y 14 del RE).
4. Puedes ingresar a la Fundación como estudiante de:

  • Nuevo ingreso (Art. 7 del RE).
  • Reingreso, porque aplazaste o no renovaste matrícula (Art. 8 del RE y Capítulo III de PTD).
  • Transferencia externa, estudiaste en otra Institución y la Fundación reconoció ese esfuerzo, a través de un estudio de homologación (Art. 9 del RE y Capítulo II de PTD).
  • Transferencia interna, solicitaste a la Fundación cursar un programa distinto al que inicialmente inscribiste (Art. 9 del RE y Capítulo III de PTD).

5. ¿Puedo Inscribir créditos adicionales?
Los que tu horario y presupuesto te permita inscribir. Recuerda dar cumplimiento al parágrafo del art. 13 del RE.
6. ¿Cuándo solicitar cambio de jornada, Programa, modalidad o sede?
Por circunstancias de fuerza mayor, debidamente justificadas y comprobadas. La Dirección del programa podrá autorizar el cambio, previo a un estudio de su pertinencia. (Art. 5 de PAF).

En el evento en que te aprueben el cambio a un programa con una matrícula de mayor valor, deberás pagar la diferencia. Si es uno de menor valor, deberás tramitar el correspondiente saldo a favor. (Parágrafo, art. 5 de PAF).

7. ¿Qué pasa si aplazo o no renuevo mi matrícula?
En ese caso es posible que debas acogerte a la oferta académica vigente y a las reformas curriculares que hubiesen ocurrido en el programa durante tu ausencia.  (Art. 8 del RE y Capítulo III de PTD).
8. ¿Qué hago si cerraron el grupo en el que me matricule?
Puedes:

a) Cursar otro programa o asignatura, b) Inscribir otra asignatura de mayor, menor o igual número de créditos (pagando la diferencia en los casos en que corresponda) o c) Solicitar la devolución o saldo a favor del 100% del valor pagado. (Art. 7 de PAF) 

Trámite: Radica tu solicitud en CRM.

9. ¿Cuáles son los plazos y casos para tramitar el aplazamiento del semestre?

Podrás aplazar semestre con devolución o saldo a favor del 100% de tu matrícula en los siguientes casos (Art. 11 PAF):

1. Antes de iniciadas las clases.

2. Hasta el cierre del 2do reporte evaluativo del semestre en curso, por:

2.1. Causas imputables a la Institución, debidamente justificadas y comprobadas, que impidan el inicio del periodo académico en las fechas establecidas en el calendario académico. El Consejo de Facultad autorizará el aplazamiento, previo acompañamiento académico y estudio de la documentación y/o de las razones aducidas por el estudiante.

2.2. Razones laborales, de seguridad personal, enfermedad grave o por circunstancias de fuerza mayor, debidamente justificadas y comprobadas, que impidan al estudiante continuar con sus estudios. El Comité de permanencia autorizará el aplazamiento, previo acompañamiento y estudio de la documentación y/o de las razones aducidas por el estudiante.

Nota.  En el caso de los estudiantes de programas virtuales que ingresan al periodo académico en el momento 2 del pregrado virtual de acuerdo con lo previsto en el Calendario Académico, podrán aplazar hasta la 2da semana de clases, en los casos antes indicados.

Trámite. Radica tu solicitud en CRM y recuerda justificar la solicitud e incluir las evidencias.

10. ¿Qué puedo hacer cuando no cumplo con las condiciones de aplazamiento?

Podrás solicitar la cancelación del período académico hasta el cierre del 2do reporte evaluativo del semestre en curso. El Consejo de Facultad autorizará la cancelación, previo acompañamiento al estudiante. (Art. 12 PAF) 

Nota. Esta cancelación no genera devolución ni saldo a favor por ningún concepto, sólo tendrá efectos académicos porque se eliminan las asignaturas inscritas en la matrícula del período académico en el cual se solicitó. 

Trámite. Radica tu solicitud en CRM y recuerda justificar la solicitud e incluir las evidencias. 

  1. Cambiar el hipervínculo en todas las preguntas de frecuentes de las siglas RE y PAF por las siguientes:PAF

RE

11. ¿Puedo retirar asignaturas del semestre en curso?
De acuerdo con los siguientes criterios (Art. 21 del RE y Art. 14 de PAF)

  • Si eres estudiante de modalidad presencial podrás solicitar el retiro de máximo dos asignaturas hasta la octava semana de clases.
  • Si eres estudiante de modalidad virtual podrás realizar el retiro de máximo dos asignaturas o el retiro de 1 asignatura en cada momento, hasta la cuarta semana de clases del primer o del segundo momento.

Nota. En caso de que las asignaturas a retirar sean las únicas matriculadas en el periodo, debes seguir el trámite establecido en el artículo 11 y 12 del PAF.

Trámite: Revisa aquí las fechas de retiro de asignaturas en el Calendario Académico y radica tu solicitud en CRM.

Recuerda que el retiro de asignatura no genera saldo a favor ni devolución alguna.

12. ¿En qué consiste la cancelación del semestre por calamidad?
(Art. 13 de PAF)Ante el fallecimiento del estudiante, su beneficiario podrá solicitar la devolución de hasta el 100% de los valores pagados por matrícula. La solicitud deberá presentarse máximo dentro del año siguiente al fallecimiento y estar acompañada de:

  1. Certificado de defunción del estudiante.
  2. Certificados que acrediten la calidad de beneficiario del estudiante.
  • Declaración extrajuicio el testimonio de al menos dos (2) testigos que acrediten: Quiénes son los únicos beneficiarios del estudiante fallecido, declarándolos por su número, nombres precisos y la razón de serlo.
  1. Documentos indicados en el parágrafo 1 del artículo 11 del PAF. 

Trámite:  Radica tu solicitud en CRM y recuerda incluir las evidencias. La Secretaria General y la Dirección Financiera estudiarán el caso y aprobarán la devolución.

13. ¿Qué hago si por fuerza mayor no presento una actividad académica?
Podrás acordar con tus docentes nuevas fechas para su presentación dentro de los plazos establecidos en el calendario académico (Art. 28 del RE).
14. ¿Qué hago si tengo una novedad sobre mis notas?
Podrás presentar estas novedades directamente a tus docentes dentro de las fechas establecidas en el calendario académico (Art. 35 del RE).
15. ¿Cómo solicito un segundo evaluador de mi nota?
(Art. 35 del RE) En primera instancia, podrás solicitar a tu docente la revisión de una evaluación en específico o de la calificación definitiva obtenida en cada reporte evaluativo.

En segunda instancia y dentro de las fechas establecidas en el calendario académico, podrás solicitar un segundo evaluador, el cual será designado por el Director de tu Programa.

Trámite: Radica tu solicitud en CRM.

16. ¿Cuál es el procedimiento de atención en asuntos académicos y administrativos?
(Art. 54 del RE)

Conducto regular para la atención de asuntos académicos:

  1. Docente.
  2. Director y Coordinador del Programa Académico.
  3. Decano de Facultad.
  4. Director Académico.

Podrás acudir a la siguiente instancia del conducto, siempre que en tu solicitud escrita demuestres la actuación adelantada en la instancia anterior.

Para asuntos administrativos y de bienestar, podrás formular tus peticiones a través de SACC.

17. ¿Qué pasa con la asistencia a clases?
Se elimina la pérdida por inasistencia al 20% de clases. Sin embargo, en cada asignatura el docente llevará el control de asistencia y registrará tus ausencias en el SIAF (Art. 27 del  RE).
18. ¿Cuáles son los porcentajes de ponderación de la calificación final de tu asignatura?
(Art. 30 del RE)

Primer corte 20%, Segundo corte 35% y Tercer corte 45%.

19. ¿Cuál es la nota aprobatoria?
(Art. 33 del RE)

Una asignatura se considera aprobada cuando la calificación definitiva es de 3.0 o más.

20. ¿Son acumulables los grados en los programas de formación por ciclos propedéuticos?
Cuando te aprueben cambio de ciclo, participa en la siguiente convocatoria de grados. No los dejes para el final ya que no son acumulables (Art. 39 del RE).

Consulta lo requisitos de grado en el Art. 45 del RE

 

Recuerda que para ingresar a un ciclo superior en la formación organizada por Ciclos Propedéuticos debes tener el título correspondiente al ciclo anterior.

21. ¿Qué Instancias decidirán los casos de faltas disciplinarias?

  • El Director del Programa académico en primera instancia sobre las sanciones a las faltas leves y graves.
  • El Decano de la Facultad en segunda y última instancia sobre las sanciones a faltas leves y graves. En primera instancia sobre las sanciones a faltas gravísimas.
  • El Consejo de Facultad en segunda y última instancia sobre las sanciones a faltas gravísimas. 

Recuerda revisar aquí las faltas disciplinarias y sus sanciones (Art. 57 y 60 del RE).